Diagnósticos en campo libre coinciden con códigos diagnósticos CIE10
En caso de colocar como texto libre el diagnóstico del paciente, dicho diagnóstico coincide de manera aproximada o exacta con el código CIE10 -o uno de los códigos CIE10 cuando sean varios los que tenga el paciente -, colocándose de manera complementaria o redudante, pero no sustituta (diferente) al código CIE10. No debe existir incongruencia entre el diagnóstico CIE10 y el anotado como texto libre en la nota clínica.
La historia clínica se abstiene de usar códigos poco específicos como "dolor abdominal", "dolor en pecho", "disnea" y se utilizan diagnósticos, así sea bajo la definición "impresión diagnóstica" - es decir que es un diagnóstico supuesto pero no necesariamente definitivo - para alinearse con guías de manejo estándares.
Algunos códigos poco específicos que se deben reemplazar por su equivalente más aproximado de acuerdo a la clínica del paciente:
R109 - Dolor abdominal, no especificado
L989 - Trastorno de la piel y del tejido subcutáneo, no especificado.
R529 - Dolor no especificado
Consideraciones adicionales
Todos los códigos CIE10 que hacen referencia a accidente de tránsito deben estar acompañados de código CIE10 de las lesiones encontradas en el paciente.
Pertinencia de datos clínicos para evaluación de adherencia a guía de práctica clínica o protocolo
Los datos clínicos contiene información pertinente para cruzar con listas de chequeo o verificaciones contra guías de práctica clínica, protocolos de manejo, calidad del registro y otros elementos. Este enunciado aplica si y solo si se están evaluando enunciados de guías clínicas, recomendaciones trazadoras y/o protocolos de manejo.